Buenas Prácticas para la presentación electrónica de escritos a través de LexNET
24/01/2019
Os damos traslado, clikando en el siguiente enlace, del Manual de Buenas Prácticas para la presentación electrónica de escritos a través de Lexnet en su versión definitiva y consensuada en el seno del CTEAJE para su difusión entre los órganos judiciales y procuradores.
Si bien es cierto que por nuestra parte hubiéramos deseado que este documento hubiese sido difundido mucho antes de lo que se ha hecho por parte de la Administración; no lo es menos que el camino para consensuar un texto que diera respuesta a las exigencias de las partes ha sido complicado. Es por ello que más allá de un Manual que nació con la vocación de servir de guía básica para la presentación electrónica de escritos a través de LexNet para quienes debían iniciarse en esta herramienta; el documento se ha aprovechado, como señala su introducción, para establecer unas pautas básicas a seguir a la hora de acometer la presentación cumpliendo unos estándares y siguiendo unos criterios uniformes con los que validarla teniendo unas indicaciones claras a este objeto que especifiquen con mayor detalle, si cabe, las previsiones legales de la normativa legal vigente y, en especial, lo señalado en la Ley 18/2011, de 5 de Julio, y el RD 1065/2015, de 27 de noviembre.
El Manual ha sido elaborado, como hemos comentado, en el seno del CTEAJE en el grupo dedicado a Procuradores, y es posible que, atendiendo a las particularidades de cada uno de los operadores jurídicos, se tome como ejemplo para su extensión a otros colectivos que puedan utilizar la herramienta. Es importante, pues, resaltar que el documento que os presentamos, se difunde ahora entre los profesionales de nuestro colectivo y los diferentes órganos judiciales con la finalidad de resolver dudas desde lo más básico a cuestiones y/o problemáticas que en el día a día nos encontramos por la falta de unidad de criterio a la hora de interpretar la normativa aplicable, originando malas praxis tanto a la hora de la presentación como a la hora de validar por parte del órgano judicial la forma y aquello que haya sido presentado.
Constituye pues un paso más en nuestra labor en orden a concienciar y llevar a la práctica la tan reivindicada uniformidad de criterios en esta materia para evitar disfunciones indeseadas que impidan la eficacia de las herramientas de la que nos dotamos y el servicio que de ellas se pretende. Queda trabajo por realizar en este sentido y, como es natural, es la versión actualizada que deberá ir revisándose a medida que la herramienta introduzca nuevas funcionalidades como las que vamos solicitando de la administración desde nuestro colectivo.