Responsabilidad Civil




DECLARACIÓN DEL SINIESTRO

El procedimiento a seguir, ante el conocimiento de cualquier reclamación formulada contra un Procurador.

Las reclamaciones al Procurador pueden realizarse de tres maneras distintas:

 1. Que el Procurador reciba un escrito de reclamación
 2. Que reciba una demanda interpuesta contra él
 3. Cualquier otro tipo de comunicación recibida.
 
El Procurador deberá poner en conocimiento de la Correduría la causa de la reclamación, facilitando dicho escrito junto con toda la información y antecedentes que conozca, así como su opinión personal sobre la reclamación y rellenar la declaración de siniestro.

En el caso 2 (demanda interpuesta contra él), la prescripción de los plazos nos obliga a una actuación rápida con el fin de informar a la Entidad Aseguradora a través de la Correduría a fin de contestar a la demanda en los plazos precisos.
 
LA DEFENSA JURÍDICA

Está cubierta por la póliza de Responsabilidad Civil. Ante cualquier procedimiento judicial la Entidad Aseguradora asumirá a sus expensas la dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado, designando Abogado y Procurador que defenderán y representarán al asegurado en las actuaciones judiciales. En ningún caso el Procurador podrá asumir la responsabilidad ni declararse culpable del siniestro sin la previa autorización por escrito de la Entidad Aseguradora.

Agenda

a

b

enlace

Redes sociales

subastas de procuradores
subastas de procuradores
APUD ACTA electrónico
Institución de mediación

Ilustre Colegio de Procuradores de Sevilla

Desarrollado por Marka Informática