Alta de nuevos Oficiales Habilitados de Procurador
03/05/2019
En el día de hoy han causado Alta en nuestra Sede Colegial los nuevos Oficiales Habilitados de Procurador, tras el correspondiente Juramento. Desde el Colegio les damos la enhorabuena y la bienvenida a nuestra corporación.
Su regulación legal viene establecida en el Art. 438, 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial: "En el ejercicio de su profesión los procuradores podrán ser sustituidos por otro procurador. También para los actos y en la forma que se
determine reglamentariamente podrán ser sustituidos por el Oficial habilitado."